Mascotas ya pueden viajar en buses

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) publicó el Reglamento de Movilización de Animales de Asistencia y Compañía Dentro del Transporte Terrestre Público Intra e Interprovincial este viernes 20 de enero de 2023.

En el documento, que cuenta con 23 artículos, constan varias obligaciones, responsabilidades y derechos que los dueños de las mascotas deben cumplir.

La ANT subraya que el reglamento rige a nivel nacional y para los Organismos de Control Operativo de Tránsito, Operadoras de Transporte Público intra e interprovinciales y todas las personas que tengan a cargo los animales considerados como de servicio (asistencia, guía, auxiliar o lazarillo) y de compañía (domésticos o mascotas).

Obligaciones del dueño

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) considera que con el fin de precautelar el bienestar del animal y de los pasajeros, los dueños de las mascotas deben cumplir con las siguientes obligaciones.

  • Todos los dueños de los animales de servicio o compañía que vayan a usar el transporte público de pasajeros intra e interprovincial deberán firmar un acuerdo de responsabilidad.
  • Los dueños de los animales son los responsables directos respecto de los daños que las mascotas pudieran causar a los pasajeros, al transporte o cualquier otra persona que mantenga contacto. Los tutores responderán civil y penalmente por sus acciones y omisiones.
  • Las mascotas siempre tienen que viajar acompañados de su tutor y deben estar en ayuno (no haber comido al menos cuatro horas antes del viaje).

Requisitos

Antes de cada viaje, los tutores de las mascotas deberán presentar los siguientes requisitos:

  • El animal debe llevar su collar y placa identificadora con nombre y número de teléfono del tutor.
  • Los animales de asistencia deben contar obligatoriamente con un microchip incorporado. En el caso de los de compañía se adoptará la normativa de cada municipio.
  • Los animales deben contar con certificado o carné de vacunación y desparasitación actualizado.
  • Los animales de asistencia deben contar con el certificado de adiestramiento en centros nacionales o extranjeros, así como un documento que certifique su condición de asistente.
  • En algunos municipios se verificará que las mascotas tengan un registro de tendencia.
  • Los animales deben portar su chaleco distintivo, credencial y arnés.
  • El animal de compañía debe presentar un documento que indique su peso actual a la fecha del viaje.

Pasaje

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) establece que el costo del pasaje del animal de servicio será gratuito. El de compañía pagará su boleto completo.

También subraya que los animales de asistencia deben ocupar el espacio junto a los asientos preferenciales y los de compañía viajarán en un lugar adecuado que garantice su seguridad y la de los usuarios.

Prohibiciones

  • Está prohibido transportar a las mascotas y animales en la parte inferior y posterior de las unidades, en bodegas, maleteros y lugares que puedan tener contacto con gases de combustión.
  • Está prohibido amarrarlos, colgarlos o sujetarlos con cuerdas en la parte superior de la unidad.
  • No podrán viajar si tienen signos de enfermedad, agresividad o falta de aseo.
  • No podrán viajar en estado de gravidez, antes de cumplir 96 horas de parto, cuando tengan menos de ocho semanas de vida (en caso de animales de compañía), menos de un año y seis meses de vida y no esté esterilizado (animal de asistencia).
  • Tampoco podrán viajar animales en estado de celo.
  • Cada usuario podrá llevar máximo dos animales de compañía o asistencia.

Fuente: El comercio


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